Ir a canal FaceBook de CONAMA
Ir a canal Twitter de CONAMA
Ir a canal LinkedIn de CONAMA
Ir a canal YouTube de CONAMA

Reflexiones generadas por el estudio acústico normativo asociado a la elaboración de un plan especial de desarrollo urbanístico según el RD 1367/2007 en un ámbito de Vigo

Autor: Víctor Manuel Martínez Cacharrón
Ayuntamiento de Vigo
Otros autores: Luis Espada Recarey (Ayuntamiento de Vigo); Victor Martínez Cacharrón (Ayuntamiento de Vigo); Pedro de La Puente Crespo (Capitel, S.L.)
Tipo: Comunicación técnica escrita
Temática: Calidad ambiental
Documentos asociados: Doc. Escrito
Resumen:
La comunicación escrita abordará las reflexiones derivadas del estudio acústico normativo asociado a la elaboración de un plan de desarrollo urbanístico de un ámbito del Municipio de Vigo.

El ámbito de actuación afecta a unos terrenos cuya superficie es de 39.138 m2. Se trata de un entorno geográfico caracterizado actualmente por los crecimientos espontáneos de viviendas unifamiliares alrededor de caminos rurales entremezclados con desarrollos lineales. El Plan General de Ordenación Municipal establece una vocación residencial para este ámbito siendo prioritaria la introducción de usos terciarios y la armonización de los nuevos desarrollos con los usos y edificaciones existentes. De acuerdo con dicho documento, la ordenación del ámbito debe contribuir igualmente a la conexión del territorio interior con la franja costera.

Se ha desarrollado, mediante modelización, un estudio de la situación acústica ambiental operacional que se derivará de las nuevas vías de tráfico rodado en las fachadas de las futuras edificaciones previstas según el proyecto de arquitectura, para su comparativa con los niveles normativos. En este sentido, se ha evaluado el cumplimiento de los requisitos de la Ley 37/2003, del ruido, EN RELACIÓN CON LOS OBJETIVOS DE CALIDAD ACÚSTICA establecidos en el RD 1367/2007 que la desarrolla, siendo de aplicación el punto 2. del Artículo 14 (objetivos de calidad acústica para ruido aplicables a áreas acústicas) del RD 1367/2007. El citado punto indica que se establece como objetivo de calidad acústica para ruido la no superación del valor que le sea de aplicación de la tabla A del anexo II, disminuido en 5 dBA.

El estudio pretende reflejar la exigencia de los valores normativos, que han derivado en un cambio del proyecto arquitectónico inicial previsto en relación al emplazamiento de las edificaciones residenciales y de uso terciario. Además, se analizaron factores condicionantes tales como los flujos de tráfico límite para el cumplimiento normativo, que resultaron son muy inferiores a los previstos.